lunes, 15 de diciembre de 2008

Indemnizan a familia de un joven muerto a tiros en asalto a un colectivo

Una empresa de transporte y un chofer de la firma fueron condenados a pagar 206 mil pesos, tras el crimen del estudiante Daniel Ramírez durante un violento asalto en el interno 85 de la línea 20 en 2001 
Una empresa de transporte automotor de pasajeros y un chofer de un colectivo fueron condenados a pagar una indemnización de 206.000 pesos a la familia de un joven estudiante que falleció luego de un forcejeo con un delincuente que lo intentó asaltar arriba de un ómnibus.
Así se resolvió la sala I de la Cámara Civil y Comercial de Lomas de Zamora sobre los hechos que tuvieron lugar el 16 de marzo de 2001 por la noche, cuando Daniel Horacio Ramírez, un estudiante de Ciencias de la Seguridad, de 27 años, circulaba a bordo del interno 85 de la línea 28.
En ese momento, otro pasajero se sentó a su lado y, al rato, intentó robarle con un arma de fuego, tras lo cual ambos empezaron a forcejear, mientras que el chofer del colectivo abría las puertas de la unidad.
Como consecuencia de ello, Ramírez cayó por una de las puertas y recibió un disparo que le produjo la muerte en forma instantánea.
En su resolución, los camaristas Rodolfo Miguel Tabernero y Carlos Ricardo Igoldi señalaron que "la responsabilidad contractual que contrae el transportador por el daño que sufren sus pasajeros durante el transcurso del transporte tiene su razón de ser en una obligación preexistente al propio convenio celebrado por las partes".
También cargaron culpas sobre la conducta del chofer del colectivo, ya que "al abrir las puertas, en especial la trasera coadyuva a la pérdida de equilibrio de la víctima que finalmente cae, circunstancia que es aprovechada por el delincuente agresor para dispararle un mortal impacto de bala".
"Si bien es cierto que no se puede exigir al conductor de un medio público de pasajeros, que arremeta contra alguien que está armado, intente desapoderar al pasaje de sus pertenencias, ni que asuma posturas inadecuadas que pongan su vida y la de los pasajeros en virtual peligro, las circunstancias que rodearon en particular el luctuoso episodio hacen presumir que este ha obrado con cierto grado de imprudencia, o impericia", abundaron.
Además, al estudiar la conducta de la propia víctima, los camaristas tuvieron en cuenta que se trataba de un estudiante de la Facultad de Ciencias de la Seguridad dependiente del Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina, ante lo cual "su conducta consecuente con la ley, su preparación profesional y ética lo conducían a actuar frente al delito, sea en defensa propia, sea en beneficio a la comunidad, ya que servir al prójimo es un atributo constantemente inculcado en las tempranas etapas de preparación profesional".
"El accionar de Ramírez fue una conducta lícita autorizada por la ley para intervenir en el hecho delictivo que se estaba llevando a cabo", remarcaron.
Fuente: http://www.infobae.com/

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