<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><?xml-stylesheet href="http://www.blogger.com/styles/atom.css" type="text/css"?><feed xmlns='http://www.w3.org/2005/Atom' xmlns:openSearch='http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/' xmlns:georss='http://www.georss.org/georss' xmlns:gd='http://schemas.google.com/g/2005' xmlns:thr='http://purl.org/syndication/thread/1.0'><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465</id><updated>2012-02-17T00:40:16.342-03:00</updated><category term='Derecho del Trabajo'/><category term='Derecho Previsional'/><category term='Daños y Perjuicios'/><title type='text'>abogado en la web</title><subtitle type='html'></subtitle><link rel='http://schemas.google.com/g/2005#feed' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/posts/default'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default?max-results=100'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/'/><link rel='hub' href='http://pubsubhubbub.appspot.com/'/><author><name>Matías Hernán Bedoya</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><generator version='7.00' uri='http://www.blogger.com'>Blogger</generator><openSearch:totalResults>25</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>100</openSearch:itemsPerPage><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-1320453533736985042</id><published>2009-10-08T13:08:00.004-03:00</published><updated>2010-05-22T21:14:37.478-03:00</updated><title type='text'>El mapa del cambio horario</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La negativa al decreto para adelantar la hora crece: 12 provincias ya le dijeron que no y en lo inmediato podrían sumarse otras ocho. Infobae.com te muestra un panorama en el que prima la indecisión &lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;a href="http://www.infobae.com/adjuntos/imagenes/17/0301705B.jpg"&gt;&lt;img style="float:left; margin:0 10px 10px 0;cursor:pointer; cursor:hand;width: 600px; height: 360px;" src="http://www.infobae.com/adjuntos/imagenes/17/0301705B.jpg" border="0" alt="" /&gt;&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;A nueve días de que comience a regir la normativa que dispone adelantar en 60 minutos el huso horario nacional, el mapa de acuerdo a las decisiones provinciales es el siguiente:&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;Adherirían a la medida nacional&lt;br /&gt;- Ciudad Autónoma de Buenos Aires&lt;br /&gt;- Provincia de Buenos Aires (aunque algunas localidades del Partido de la Costa no lo harán)&lt;br /&gt;- Misiones&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Confirmaron que no adherirán&lt;br /&gt;- Córdoba&lt;br /&gt;- Santa Fe&lt;br /&gt;- Mendoza&lt;br /&gt;- San Juan&lt;br /&gt;- La Rioja&lt;br /&gt;- Catamarca&lt;br /&gt;- Salta&lt;br /&gt;- La Pampa&lt;br /&gt;- Chubut&lt;br /&gt;- Neuquén&lt;br /&gt;- El Chaco&lt;br /&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;- San Luis (desde 2008 tiene un huso horario propio atrasado una hora respecto del que se implementa por decreto a nivel nacional) &lt;/div&gt;&lt;br /&gt;No adherirían a la medida nacional&lt;br /&gt;- Tierra del Fuego&lt;br /&gt;- Santa Cruz&lt;br /&gt;- Río Negro&lt;br /&gt;- Corrientes&lt;br /&gt;- Jujuy&lt;br /&gt;- Tucumán&lt;br /&gt;- Entre Ríos&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Aún no se expresaron al respecto&lt;br /&gt;- Formosa&lt;br /&gt;- Santiago del Estero&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Si bien la ley obliga a todas las provincias a modificar el huso horario, el Poder Ejecutivo puede decretar la excepción para las provincias que no se sumarían.  De hecho, así fue como funcionó en los años anteriores. &lt;/div&gt;&lt;br /&gt;Fuente: http://www.infobae.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-1320453533736985042?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/1320453533736985042/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=1320453533736985042&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1320453533736985042'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1320453533736985042'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/10/el-mapa-del-cambio-horario.html' title='El mapa del cambio horario'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-8479616276546907528</id><published>2009-07-21T14:29:00.002-03:00</published><updated>2010-05-22T21:15:40.420-03:00</updated><title type='text'>Advierten que la gripe A puede presentarse sin síntomas</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Pese a que sus características principales son fiebre alta, cefaleas y escalofríos, la enfermedad puede cursarse "de manera asintomática", según explicó a Infobae.com el infectólogo Daniel Stamboulian&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Consultado acerca de la existencia de gente que sufre la enfermedad en forma asintomática, esto es sin fiebre ni otra de las manifestaciones corporales, Stamboulian explicó que "se puede tener una forma muy leve de la gripe; algunos pueden tenerla como asintomática" y agregó que lo que preocupa es cuando se presenta con manifestaciones importantes como fiebre alta, cefaleas y grandes escalofríos.&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Precisamente acerca de la cantidad de personas enfermas en el país, el ministro Juan Manzur explicó en Radio 10: "Hay un pequeño porcentaje de gente que consulta, la mayoría son asintomáticos".&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Por eso, Stamboulian comentó que "lo que se quiere hacer después de que pase la pandemia es un estudio serológico para ver qué porcentaje de la población tuvo gripe A", y remarcó que esa será "la única forma de saber la cantidad de personas que tuvo la enfermedad".&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Stamboulian remarcó que "en el espectro de manifestaciones hay unas formas muy leves; está la forma estacional de la gripe que es más leve y la H1N1 que en forma severa da fiebre alta, cefaleas, dolor corporal fuerte, entre otros síntomas".&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Y acerca de las complicaciones que podrían tener aquellas personas que padecen la enfermedad sin síntomas claros y, por ende, no reciben la medicación, fue contundente: "El que tiene la enfermedad ya no la puede repetir; es como si se hubiera vacunado".&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Los síntomas de la gripe A&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Fiebre mayor a 38 grados&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Tos frecuente e intensa&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Irritaciones en garganta y ojos&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Dolor de cabeza&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Malestar general&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Dificultad para respirar&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Dolor de garganta&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Congestión nasal&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Dolores musculares y articulares&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Falta de apetito&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;* Circunstancialmente vómitos y diarreas&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Fuente: http://www.infobae.com&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-8479616276546907528?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/8479616276546907528/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=8479616276546907528&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/8479616276546907528'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/8479616276546907528'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/07/advierten-que-la-gripe-puede.html' title='Advierten que la gripe A puede presentarse sin síntomas'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-83845407004843718</id><published>2009-06-05T13:43:00.002-03:00</published><updated>2010-05-22T21:16:03.061-03:00</updated><title type='text'>Unánime respaldo de la OEA al reclamo argentino por Malvinas</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Los cancilleres de América aprobaron "por aclamación" el reclamo argentino sobre las Islas Malvinas durante el plenario de la 39 Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la OEA, que se realiza en Honduras, informó la Cancillería argentina. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Según lo dispuesto por la OEA, la cuestión de las Islas Malvinas "está bajo examen de la Organización de los Estados Americanos hasta su solución definitiva, aunque no se logrará una solución hasta que el Reino Unido acepte reiniciar las negociaciones con Argentina en materia de soberanía", explicó Cancillería. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"La negativa británica a restablecer las negociaciones con Argentina contrasta abiertamente con la reiterada voluntad negociadora de mi país", afirmó el canciller Jorge Taiana, al hablar ante sus pares americanos. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Luego de la intervención de Taiana fue presentado el proyecto de declaración que avala la postura argentina y que fue aprobado por aclamación -con un aplauso cerrado- por parte de los 34 representantes americanos, detalló un comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"El Reino Unido, indiferente al llamado generalizado de la comunidad internacional, se rehúsa de modo sistemático, persistente e injustificado, a reanudar negociaciones con Argentina en materia de soberanía para poner fin a esta anacrónica disputa", insistió Taiana. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En este contexto el canciller advirtió que "la negativa británica contrasta abiertamente con la reiterada voluntad negociadora de mi país, propia de una democracia, y colisiona de lleno con el mandato impartido de modo inequívoco por la comunidad internacional". &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Según Cancillería, "en sus sucesivas resoluciones y declaraciones la OEA calificó la "Cuestión de las Islas Malvinas" como un tema de interés hemisférico permanente" y "reafirmó la necesidad de que los gobiernos de Argentina y del Reino Unido reanuden, cuanto antes, las negociaciones sobre la disputa de soberanía". &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Taiana aseguró que Argentina "tiene un firme compromiso con la eliminación rápida e incondicional del colonialismo en todas sus formas y manifestaciones" y subrayó que la cuestión de las Islas Malvinas "no escapa a la necesidad de dar cumplimiento a este mandato". &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"El acto de fuerza perpetrado por el Reino Unido en 1833, de usurpación de las Islas, fue acompañado de la expulsión de la población originaria y de la prohibición de su retorno, siendo dicha población reemplazada por ocupantes de origen británico", detalló el ministerio argentino. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Por eso, para el gobierno nacional, "la ilegítima ocupación de las Islas por parte del Reino Unido vulneró la integridad territorial de Argentina" e impide la aplicación del principio de autodeterminación. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"Hacerlo comportaría la convalidación de un acto de usurpación que ha violado la integridad territorial de mi país e iría en desmedro de un principio que la ONU consagra como derecho inalienable", detalló Taiana. &lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Se refirió así al párrafo que establece que "todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional, la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas". &lt;/div&gt; &lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt; &lt;div style="text-align: justify;"&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Fuente: http://www.ambitoweb.com&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-83845407004843718?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/83845407004843718/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=83845407004843718&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/83845407004843718'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/83845407004843718'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/06/unanime-respaldo-de-la-oea-al-reclamo.html' title='Unánime respaldo de la OEA al reclamo argentino por Malvinas'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-5030675771068996345</id><published>2009-03-04T10:42:00.001-02:00</published><updated>2009-03-04T10:43:21.831-02:00</updated><title type='text'>Sugieren denunciar colegios privados si los aumentos de las cuotas son excesivos</title><content type='html'>El ministro de Educación nacional, Juan Carlos Tedesco, indicó en C5N que si las subas en aranceles de escuelas superan la pauta estatal, “los padres deben hacer averiguaciones y denunciarlo"&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los aumentos, a veces indiscriminados, en las cuotas de los colegios privados obtuvieron una nueva advertencia oficial. En una entrevista durante el programa Mañanas argentinas, de C5N, el máximo funcionario del Gobierno en materia educativa instó a los padres de los alumnos a que denuncien aranceles al margen de la ley.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;"Si se considera el aumento excesivo hay que hacer la averiguación del tope y la eventual denuncia", dijo el ministro de Educación de la Nación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Tedesco agregó que "los padres tienen que seguir de cerca las regulación. Todos los años se establecen las pautas para los aumentos de los colegios a través de la secretaría de Comercio en las escuelas que reciben subsidio estatal, que son la mayoría de las privadas".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A mediados de 2008, miles de padres protestaron contra el gobierno de la Ciudad por aumentos de hasta el 40% en establecimientos privados. Por eso, la secretaria de Guillermo Moreno tuvo que intervenir y fiscalizar los controles colegio por colegio. Por eso se elaboró una lista minuciosa con los incrementos permitidos en función de los subsidios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente:http://www.infobae.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-5030675771068996345?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/5030675771068996345/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=5030675771068996345&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/5030675771068996345'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/5030675771068996345'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/03/sugieren-denunciar-colegios-privados-si.html' title='Sugieren denunciar colegios privados si los aumentos de las cuotas son excesivos'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-5785738459927979291</id><published>2009-03-04T10:37:00.003-02:00</published><updated>2009-03-04T10:40:54.722-02:00</updated><title type='text'>La AFIP juega fuerte y lanza el padrón único de contribuyentes</title><content type='html'>A partir de abril arranca el nuevo sistema que apunta a reducir los ilícitos realizados mediante la utilización de documentos de identidad apócrifos. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Se requerirá la fotografía, la firma y la huella dactilar de los respondables.-&lt;br /&gt;Comenzarán con los operadores del comercio exterior.-&lt;br /&gt;La decisión ya está tomada. A partir del 1º abril próximo –y de forma progresiva- la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pone en marcha el padrón único de contribuyentes.-&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;De acuerdo a la resolución general 2570 publicada en el Boletín Oficial el fisco nacional apunta a “reducir los ilícitos realizados mediante la utilización de documentos de identidad apócrifos”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;”Para ello se requerirá el registro digital de la fotografía, la firma y la huella dactilar de las personas físicas que actúen por sí, o como representante legal de las personas de existencia ideal”, precisa la nueva reglamentación. En esta primera etapa alcanzará únicamente a los operadores del comercio exterior.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Si bien el proyecto había sido insinuado promediando el año pasado, hasta el momento no se tenía un esquema de aplicación concreto del mismo. A largo plazo, la AFIP planea tener disponible un sistema registral tributario que unificará los datos aduaneros, impositivos y previsionales en un padrón único que reúna a todos los contribuyentes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Desde ese momento, los responsables podrán realizar altas, bajas o cualquier tipo de modificación (como cambios de actividad, de domicilio, entre otros), a través de Internet, desde su propia computadora o bien en cualquier puesto de atención al público del organismo, donde estará dispuesto a tal fin un conjunto de equipamiento técnico, así como asesoramiento, para posibilitar el desarrollo del trámite. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Asimismo, la resolución general 2570 se complementa con otras tres normas que reformularán los pasos a seguir por los operadores del comercio exterior al momento de declarar el domicilio fiscal, de gestionar autorizaciones electrónicas de operaciones y de ratificar destinaciones de importaciones y exportaciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Registro unificado&lt;br /&gt;Puntualmente la norma pone en marcha el denominado “Sistema Registral” que estará integrado por:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El registro tributario: instituto registral de carácter general que contendrá los datos necesarios para identificar a las personas físicas y jurídicas, y a los demás sujetos susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones de carácter tributario, en materia aduanera, impositiva y/o de los recursos de la seguridad social.&lt;br /&gt;El mismo también incluirá los datos relativos a la personalidad jurídica tributaria de los sujetos inscriptos (identificación, domicilios tributarios, obligaciones que deben cumplir y derechos que pueden ejercer).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Registros especiales: institutos registrales de carácter particular que contendrán los datos de las personas que, por la actividad que desarrollan, se encuentren obligadas a inscribirse en cada uno de ellos para ejercer derechos tributarios, efectuar registros transaccionales o gozar de ciertos beneficios, de acuerdo con lo previsto en las normas aduaneras, impositivas y/o de los recursos de la seguridad social.&lt;br /&gt;Como primer paso en la implementación del nuevo padrón único, la norma establece que desde el 1º de abril próximo entrarán en vigencia los “sistemas registrales aduaneros”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Puntualmente, la primera etapa obligará a los siguientes operadores de comercio exterior:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Importadores y exportadores. &lt;br /&gt;Auxiliares del comercio y del servicio aduanero. &lt;br /&gt;Apoderados generales y dependientes, entre otros.&lt;br /&gt;La inscripción en el registro se iniciará a través del servicio “Sistema Registral” que estará disponible en la página web del organismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Asimismo, la AFIP le dará el alta de oficio a los responsables que al 1º de abril próximo, posean el alta en los registros aduaneros existentes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A fin de extremar los recaudos la norma establece claramente que la AFIP “requerirá el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar de las personas físicas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales, según corresponda”. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Domicilio fiscal&lt;br /&gt;Complementariamente, la AFIP emitió la resolución general 2574 que reformula los pasos a seguir por los operadores al momento de declarar el domicilio fiscal. El nuevo marco que también será aplicable del 1º de abril próximo dispone la constitución y la modificación del domicilio de forma electrónica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En efecto, la norma establece la habilitación de “un procedimiento informatizado obligatorio para quienes deban constituir o modificar el domicilio especial aduanero y de carácter optativo para las modificaciones que deban informar los demás contribuyentes y responsables”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“La modificación de los datos podrá efectuarse mediante la presentación del formulario electrónico de declaración de domicilios. A tal efecto los contribuyentes y responsables accederán al servicio Sistema Registral opción Registro Tributario disponible en el sitio web de la AFIP”, agrega la norma.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Autorizaciones de operaciones&lt;br /&gt;Asimismo, también se dio a conocer la resolución general 2572 que a partir de abril próximo ampliará la utilización de la herramienta informática denominada “Gestión de Autorizaciones Electrónicas”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Este instrumento online permite formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento, aceptación y revocación de autorizaciones, generales o especiales, ante el servicio aduanero. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hasta el momento es de uso obligatorio sólo para los despachantes de aduana. Una vez generalizado este mecanismo, también alcanzará a:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Agentes de transporte aduanero. &lt;br /&gt;Permisionario de depósitos fiscales. &lt;br /&gt;Importadores y exportadores, entre otros.&lt;br /&gt;Destinaciones de importaciones y exportaciones&lt;br /&gt;Por último, la AFIP emitió la resolución general 2573 que a partir de junio próximo pone en marcha un procedimiento online para ratificar la autoría de las destinaciones y operaciones aduaneras.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“El declarante de destinaciones y operaciones aduaneras correspondientes a subregímenes de importación y de exportación deberá emplear el servicio denominado Ratificación de Autoría de la Declaración, en forma previa al acto de presentación de la declaración ante el servicio aduanero”, establece la norma.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente:http://contadores.infobaeprofesional.&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-5785738459927979291?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/5785738459927979291/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=5785738459927979291&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/5785738459927979291'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/5785738459927979291'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/03/la-afip-juega-fuerte-y-lanza-el-padron.html' title='La AFIP juega fuerte y lanza el padrón único de contribuyentes'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-373099714488423680</id><published>2009-01-29T12:19:00.001-02:00</published><updated>2009-01-29T12:26:09.452-02:00</updated><title type='text'>Nuevas autoridades en los tribunales de apelaciones</title><content type='html'>La camarista Liliana Catucci ejercerá la presidencia de la Cámara Nacional de Casación Penal durante el año 2009, en reemplazo de Juan Edgardo Fégoli, en tanto su colega Eduardo Riggi estará a cargo de la vicepresidencia del máximo tribunal en materia penal de la Nación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por su parte el camarista Eduardo Freiler continuará ejerciendo la titularidad de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, mientras que Guillermo Farah seguirá a cargo de la vicepresidencia del cuerpo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En la Cámara del Crimen Mario Filozof continuará por tercer año consecutivo y en las vicepresidencias tampoco hubo cambios ya que continúan Gustavo Alfredo Bruzzone, como vicepresidente primero y María Laura Garrigós De Rébori, a cargo de la vicepresidencia segunda. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Así lo hizo saber el Centro de Información Judicial (CIJ) que detalló que de las 26 cámaras federales y nacionales de apelaciones del país, son 16 las que designaron nuevo presidente para que conduzca su respectivo tribunal durante el año judicial que comienza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;"Entre las facultades que por lo general tienen los titulares de cámaras están la de mantener el orden interno, autorizar la inversión de los fondos administrativos, representar al tribunal en actos oficiales, controlar los deberes impuestos al personal y realizar las convocatorias a acuerdos", recordó el CIJ.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Entre las cámaras que renovaron su titularidad están las de Casación Penal, Penal Económico y Civil y Comercial Federal; mientras que entre los que mantienen al mismo presidente del 2008 está Criminal Federal y Contencioso Administrativo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En la Cámara Federal de Bahía Blanca, Augusto Enrique Fernández fue reelegido y en tribunal de La Plata fue designado Antonio Pacilio, quien reemplazó a Leopoldo Schiffrin; en tanto en Mar del Plata Alejandro Tazza sucedió a Jorge Ferro, que había presidido el tribunal en los últimos dos años.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En la Cámara Federal de San Martín Narciso Juan Lugones reemplaza a Horacio Crack; en Resistencia continúa José José Luis Aguilar, que presidió el Tribunal durante el 2008, en tanto la vicepresidencia quedó a cargo de Ana Victoria Order, mientras que en Comodoro Rivadavia Hebe Lilia Corchuelo de Huberman reemplaza a Javier María Leal de Ibarra.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El camarista Marcos Arnoldo Grabivker se hará cargo de la Cámara en lo Penal Económico en reemplazo de Juan Carlos Bonzón; la vicepresidencia primera quedó a cargo de Nicanor Miguel Repetto y la segunda de Edmundo Samuel Hendler, ambos de la Sala A; mientras que en la Cámara en lo Civil y Comercial Federal María Susana Najurieta reemplazará a Eduardo Vocos Conesa a partir del próximo lunes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal Carlos Manuel Grecco seguirá como presidente, y en la Cámara Comercial María Elsa Uzal, integrante de la Sala E, reemplaza a Gerardo Vassallo; la vicepresidencia primera la ocupará María Lilia Gómez Alonso de Díaz Cordero y la segunda José Luis Monti.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El tribunal de apelaciones del Trabajo tendrá como titular a Juan Carlos Fernández Madrid, en reemplazo de Gregorio Corach; mientras que Mario Silvio Fera continúa en el cargo de vicepresidente primero y Luis Catardo como vicepresidente segundo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En el fuero civil Elisa Matilde Díaz de Vivar presidente, integrante de la Sala M, reemplazará a Oscar Rebaudi Basavilbaso, en tanto Hugo Molteni será vicepresidente primero y en la Cámara Nacional Electoral Santiago Hernán Corchera es el nuevo presidente, en reemplazo de Rodolfo Emilio Munné.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente: http://www.infobae.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-373099714488423680?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/373099714488423680/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=373099714488423680&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/373099714488423680'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/373099714488423680'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/nuevas-autoridades-en-los-tribunales-de.html' title='Nuevas autoridades en los tribunales de apelaciones'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-237586867154574845</id><published>2009-01-29T12:08:00.003-02:00</published><updated>2009-01-29T12:13:13.126-02:00</updated><title type='text'>Limitan la aplicación de las subas en la tarifa de luz</title><content type='html'>El ENRE comunicó a las empresas que no podrán cobrar incrementos a los que no tengan servicio de agua potable y gas natural en red. Devolverán las sumas a quienes se les hayan aplicado aumentos.&lt;br /&gt;El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) ratificó y amplió los requisitos para la excepción de pago de los nuevos valores tarifarios, indicaron fuentes del sector.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las empresas de distribución de energía eléctrica (Edenor, Edesur y Edelap) fueron notificadas por el ENRE, que deberán continuar con la excepción del pago del incremento tarifario aprobado por la resolución 628/08 a los usuarios residenciales que carezcan de servicio de agua potable o gas natural en red y a los electrodependientes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Según indicaron las fuentes a Télam, el ente también notificó que a los usuarios que estén exceptuados de dicho incremento y que ya hayan abonado el mismo en la última factura se tomará la diferencia abonada como débito a favor a reintegrarse en las próximas boletas de electricidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A partir de la notificación enviada, las empresas deberán exceptuar a los usuarios residenciales que se encuentren en alguna de estas situaciones: que habiten viviendas con múltiples hogares y un solo medidor o en viviendas con anexo de actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficios, etc.)&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para ambos casos, los usuarios deberán pagar la factura del bimestre anterior y las compañías contarán con un plazo de 60 días para proceder a habilitar nuevos suministros por separado, hogar y/o actividad comercial, apuntaron las fuentes. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El ENRE también notificó que para aquellos usuarios residenciales (cuyas condiciones normales y generales de vivienda única no poseen servicio de agua corriente o gas natural por red domiciliaria), que hayan pagado el total facturado a los valores del anterior cuadro tarifario e iniciado el trámite de excepción, éste se debe considerar como cancelatorio. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente: http://www.infobae.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-237586867154574845?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/237586867154574845/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=237586867154574845&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/237586867154574845'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/237586867154574845'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/limitan-la-aplicacion-de-las-subas-en.html' title='Limitan la aplicación de las subas en la tarifa de luz'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-1770470250779898866</id><published>2009-01-28T12:38:00.003-02:00</published><updated>2009-01-28T12:39:17.336-02:00</updated><title type='text'>La AFIP ratificó que no va a abrir las cajas de seguridad</title><content type='html'>El titular, Ricardo Echegaray, remarcó a Infobae.com que se trabajará a través de los bancos para "invitar" a los clientes a destinar esos fondos en "inversiones productivas"&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, reiteró esta mañana que no se intervendrán las cajas de seguridad en el marco del programa oficial para blanquear los fondos. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ante la consulta de Infobae.com el funcionario nacional remarcó que se trabajará a través de bancos para "invitar" a los clientes que poseen depósitos a destinar los fondos a "inversiones productivas".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;"Nosotros trabajamos dentro del contexto y del marco de la ley, y vamos a tratar de aprovechar todo el panorama para invitar a quienes tienen fondos", explicó. &lt;br /&gt; &lt;br /&gt;Echegaray consideró que "a veces no tiene sentido tener fondos disponibles en una economía en negro" y aseguró que "es bueno que ese capital se pueda externalizar con una inversión productiva".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente: http://www.infobae.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-1770470250779898866?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/1770470250779898866/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=1770470250779898866&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1770470250779898866'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1770470250779898866'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/la-afip-ratifico-que-no-va-abrir-las.html' title='La AFIP ratificó que no va a abrir las cajas de seguridad'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-2270641647769496244</id><published>2009-01-20T12:50:00.002-02:00</published><updated>2009-01-20T12:52:02.544-02:00</updated><title type='text'>Ciclo gratuito para pacientes con cáncer de tiroides</title><content type='html'>La Asociación Americana de Tiroides y la Sociedad Latinoamericana de Tiroides iniciará el sábado próximo en la ciudad de Buenos Aires, un ciclo gratuito para dar a conocer a pacientes con cáncer de tiroides y a sus familiares los diferentes aspectos de esa enfermedad. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las entidades precisaron en un comunicado, que el ciclo que reunirá a varios especialistas contará con diversas exposiciones en las que se tratará el funcionamiento de la glándula tiroidea, las enfermedades más frecuentes y generalidades del cáncer de tiroides.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los encuentros se harán los sábados 16 de agosto, 6 de septiembre y 18 de octubre de 10 a 12,30 en Salguero Plaza, ubicado en el cuarto piso de Jerónimo Salguero 2686 de la Capital Federal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las charlas serán coordinados por los médicos Fabián Pitoia y Sandra Licht, los cupos gratuitos son limitados y los interesados en ir deben inscribirse enviando un correo electrónico a info@cancerdetiroides.com.ar, en la página web www.cancerdetiroides.com.ar o por teléfono al 4708-6923. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente: http://www.telam.com.ar&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-2270641647769496244?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/2270641647769496244/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=2270641647769496244&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/2270641647769496244'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/2270641647769496244'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/ciclo-gratuito-para-pacientes-con-cncer.html' title='Ciclo gratuito para pacientes con cáncer de tiroides'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-1486024951931130376</id><published>2009-01-15T13:30:00.003-02:00</published><updated>2009-01-15T13:32:56.474-02:00</updated><title type='text'>La Provincia controla el catering en los micros tras la muerte de una nena</title><content type='html'>El ministro de Salud bonaerense, Claudio Zin, confirmó por Radio 10 que ya se cerraron dos empresas que elaboraban alimentos. Confirmó la muerte de una menor por síndrome urémico hemolítico&lt;br /&gt;El ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Claudio Zin, encabeza estrictos controles de bromatología en los micros de larga distancia, luego de confirmarse la muerte de una niña por síndrome urémico hemolítico. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El ministro bonaerense indicó en diálogo con el programa El Oro y el Moro de Radio 10, que el Ministerio de Salud y la Subsecretaría de Bromatología, junto con la Municipalidad de Berazategui, realizan inspecciones en el catering de las unidades que circulan hacia la costa atlántica. &lt;br /&gt; &lt;br /&gt;Zin confirmó que hasta el momento se clausuraron dos de las empresas que preparan la comida para las líneas de transporte. Denunció, además, que "un 10% de los micros transporta comida en estado paupérrimo".&lt;br /&gt; &lt;br /&gt;El ministro de Salud confirmó que días atrás falleció una niña por el síndrome urémico hemolítico y remarcó que una de las principales fuentes de transmisión de esa bacteria podría ser el catering.&lt;br /&gt; &lt;br /&gt;"Sospechamos que en la comida o en el agua tiene que haber contaminación", explicó el funcionario bonaerense al tiempo que reveló que muchas de las unidades que vienen de Misiones "sólo cargan agua una vez y no la renuevan". &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente:http://www.infobae.com/contenidos&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-1486024951931130376?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/1486024951931130376/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=1486024951931130376&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1486024951931130376'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1486024951931130376'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/la-provincia-controla-el-catering-en.html' title='La Provincia controla el catering en los micros tras la muerte de una nena'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-8283951766372594230</id><published>2009-01-12T12:59:00.001-02:00</published><updated>2009-01-12T13:00:46.717-02:00</updated><title type='text'>Otro juez limitó la detención de menores de 16 años</title><content type='html'>Se trata del juez de Garantías del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil platense, Fabián Cacivio, quien ordenó a los fiscales "abtenerse de ejercer cualquier medida privativa de la libertad" por ser "inconstitucional"&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Un juez de garantías de La Plata declaró que es inconstitucional detener a menores de 16 años acusados de cometer delitos graves, informó hoy una fuente judicial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El magistrado indicó que ante un niño o un joven menor de 16 años que haya cometido un delito de gravedad, sólo se podrá pedir una regla de protección, pero no encarcelarlo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El fallo fue dictado por el juez de Garantías del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil platense, Fabián Cacivio, al hacer lugar a un pedido del defensor penal juvenil Ricardo Berenguer por un menor imputado por un delito de lesiones graves.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El defensor había solicitado que no disponga ninguna medida privativa de la libertad para un menor de 15 años que apuñaló a la pareja de su madre, tras una discusión.&lt;br /&gt; &lt;br /&gt;El menor y su madre se presentaron en la comisaría local y se identificaron en la causa, no disponiendo la fiscalía su aprehensión por tratarse de un menor no punible. &lt;br /&gt; &lt;br /&gt;Sin embargo, ante decisiones de otros fiscales que sí solicitaron la detención de menores de 16 años acusados de delitos graves, el defensor planteó un hábeas corpus preventivo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El juez Cacivio, al resolver el hábeas corpus, declaró la inconstitucionalidad de las medidas de seguridad privativas de la libertad ambulatoria para menores no punibles, confirmó una fuente judicial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para el magistrado son "inconstitucionales e inaplicables los arts. 1ro., tercer y cuarto párrafos de la ley nacional de facto 22.278/80 en la redacción dada por su similar 22.803/83, en cuanto permite la privación de la libertad por un hecho imputado a una persona a la que el Estado ha renunciado a ejercer el ius puniendi (no lo considera punible), y el art. 64 de la ley 13.634, por los mismos motivos adunando que la materia es de exclusivo resorte federal".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El juez ordenó que los fiscales "deben abstenerse de ejercer cualquier medida privativa de la libertad".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente:http://www.infobae.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-8283951766372594230?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/8283951766372594230/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=8283951766372594230&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/8283951766372594230'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/8283951766372594230'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/otro-juez-limit-la-detencin-de-menores.html' title='Otro juez limitó la detención de menores de 16 años'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-2050399455264596184</id><published>2009-01-07T14:34:00.001-02:00</published><updated>2009-01-07T14:35:28.445-02:00</updated><title type='text'>Ahora, los ciudadanos bonaerenses podrán ser legisladores virtuales</title><content type='html'>Se trata de la "banca 93", porque se sumaría a los 92 legisladores que tiene la cámara baja de la Provincia. Se utilizará para sufragar por Internet las iniciativas en debate de manera simbólica, ya que no tendrá caracter vinculante en el recinto. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Cámara de diputados bonaerense implementó un sistema que permitirá a los ciudadanos ser "legisladores virtuales" y votar vía internet los proyectos que se debatan en esa cámara.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Se trata de la "banca 93", denominada asi porque el ciudadano se sumaría a los 92 legisladores que tiene la cámara baja y podría votar iniciativas, simbólicamente ya que esa opinión no será vinculante en el debate en recinto..&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El objetivo de la "banca 93", según se explicó, es "mejorar la calidad de la información a disposición de todas las personas" y "captar opiniones y pareceres sobre la labor legislativa".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los bonaerenses que quieran ser "legisladores virtuales" tendrán que registrarse en la página web de la Cámara de Diputados www.hcdiputados-ba.gov.ar y de ese modo quedarán habilitados para poder acceder a todos los proyectos de ley vigentes, enviar sus opiniones y emitir su voto, aprobando o rechazando las iniciativas en debate.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El presidente de la Cámara de Diputados provincial, Horacio González, remarcó en un comunicado que "resulta necesario que la ciudadanía participe, que se informe y que opine, porque es la manera de consolidar y construir una mejor democracia". &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;  &lt;br /&gt;Fuente: http://www.telam.com.ar&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-2050399455264596184?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/2050399455264596184/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=2050399455264596184&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/2050399455264596184'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/2050399455264596184'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/ahora-los-ciudadanos-bonaerenses-podrn.html' title='Ahora, los ciudadanos bonaerenses podrán ser legisladores virtuales'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-4718450317876571363</id><published>2009-01-07T14:26:00.001-02:00</published><updated>2009-01-07T14:28:24.682-02:00</updated><title type='text'>La mordió el rottweiler de su jefa y será indemnizada</title><content type='html'>Una trabajadora doméstica recibirá 15 mil pesos luego de que la Justicia fallara a su favor, porque la mascota de su empleadora la atacó y la desfiguró &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Así lo resolvió la Sala L de la Cámara Civil porteña, por los hechos que tuvieron lugar el 18 de julio de 2002, cuando el perro "mordiera a la actora en circunstancias en que realizaba tareas domésticas en la casa" de su jefa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;De esta manera, los jueces Marcela Pérez Pardo e Hilario Rebaudi Basavilbaso refutaron el argumento de la demandada, en cuanto a que la mordida del perro fue debido al "accionar exclusivo de la actora", puesto que en ese justo momento el animal estaba comiendo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;"No se acreditó que el animal estuviera en celo -como se sostuvo- ni que estuviera comiendo realmente, ya que a lo sumo habría estado jugando con un hueso artificial", señalaron los camaristas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Además, los jueces explicaron que "en este contexto un mero 'saludo' al perro, como tal vez se hacía diariamente, no hace esperable semejante reacción del animal".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para ello, tuvieron en cuenta que la demandante "conocía al perro desde que tenía cinco meses de edad", y habitualmente solía "saludarlo" cuando iba a trabajar a la vivienda particular.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Según el informe de los peritos médicos que consta en el expediente, la mucama sufrió "cicatrices post-traumáticas en su rostro y desviación del tabique nasal", que "le provocan alteración permanente de la estética del rostro".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;"Respira en parte por la boca, por lo cual la corriente aérea no se calienta, humidifica, ni se purifica; el aire que penetra por la cavidad bucal es frío, seco y está cargado de partículas, todo lo cual lo hace inadecuado para una respiración correcta", abundaron.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En la resolución, los camaristas recordaron que los daños en la empleada doméstica le provocaron "una incapacidad parcial y permanente que estimó en un 25% de la física total, compatible con el accidente de autos".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Además, tuvieron por acreditado la necesidad de un tratamiento psicológico que debe realizar la demandante, "de por lo menos un año", para superar las secuelas psiquiátricas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente: http://www.infobae.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-4718450317876571363?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/4718450317876571363/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=4718450317876571363&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4718450317876571363'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4718450317876571363'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2009/01/la-mordi-el-rottweiler-de-su-jefa-y-ser.html' title='La mordió el rottweiler de su jefa y será indemnizada'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-4811728551660861231</id><published>2008-12-29T13:40:00.002-02:00</published><updated>2009-01-01T16:07:20.558-02:00</updated><title type='text'>Admiten que "no será fácil" implementar el scoring</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;A dos días de que comience a regir el sistema de registro de puntos en la Ciudad, el ministro de Seguridad porteño advirtió que se requiere "un cambio cultural". Sus alcances y todo lo que hay saber sobre el tema "En realidad, este sistema comenzó hace seis meses con una campaña publicitaria y de concientización", explicó Guillermo Montenegro, ministro de Justicia y Seguridad porteño, en declaraciones al programa El Oro y el Moro por Radio 10.&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El funcionario explicó además que existen "un montón de cuestiones que seguramente se tengan que ir modificando" a medida que el sistema avance. "Requiere un cambio cultural que no va a ser fácil. En otros países, si una persona está en un bar y un amigo pretende irse manejando y tomó de más, le tira las llaves por el inodoro", graficó.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En este sentido, Montenegro dijo que los controles de alcoholemia parecen estar funcionando bien, ya que disminuyeron los resultados positivos de las pruebas a los conductores. Sobre este punto en particular aclaró que cuando éstos dan por encima del límite permitido, el vehículo siempre es acarreado hacia una playa de estacionamiento pública de la Ciudad y sólo puede ser retirado al día siguiente. "No hay posibilidad de que en el momento se lo lleve otra persona. Si no, es poco serio", sentenció Montenegro.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Asimismo, el ministro aclaró que para que se resten puntos del registro, el conductor debe estar debidamente identificado, por lo que quedan exentas las fotomultas para dicho fin. También, aclaró que sistema de scoring es personal y recae sobre el conductor y no sobre el dueño del vehículo si éste no fue el que manejaba.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;También aclaró que el sistema de puntos se aplica únicamente para infracciones cometidas en Capital, para conductores con registro en esa misma jurisdicción. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Fuente: http://www.infobae.com&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-4811728551660861231?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/4811728551660861231/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=4811728551660861231&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4811728551660861231'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4811728551660861231'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/12/admiten-que-no-ser-fcil-implementar-el.html' title='Admiten que &quot;no será fácil&quot; implementar el scoring'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-4916568145806759902</id><published>2008-12-15T13:10:00.003-02:00</published><updated>2009-01-01T16:08:32.431-02:00</updated><title type='text'>Embargado por cortar una ruta, puso en venta un riñón para pagar la deuda</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Un hombre a quien la Justicia misionera embargó por 5 mil pesos a raíz de un corte de la ruta 12, ocurrido en abril pasado, puso a la venta un riñón para afrontar esa deuda, ya que no tiene el dinero suficiente para hacerlo.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Se trata de Alberto Escobar, uno de los siete padres autoconvocados a los que la Justicia Federal embargó como consecuencia de un corte de ruta que llevó adelante en la zona de Puerto Iguazú, en reclamo de mejoras edilicias en establecimientos escolares.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;A través de un programa de Radio Cataratas, de la ciudad de Puerto Iguazú, el hombre hizo el inusual ofrecimiento y dijo que no puede "pagar ese dinero" de otra manera.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"Yo no tengo con qué pagar ese dinero, pero quiero pagar esa deuda que contraje con el Estado porque soy respetuoso de la justicia", dijo Escobar, según una información citada por el sitio on line El Territorio.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Recientemente, el juez federal de Eldorado, Mario Hachiro Doi, resolvió que Escobar y Angel Diego Sosa conjuntamente con la docente Ramona Josefa Romero y los comerciantes Evaristo Barroso, José Aquino y Juan Luis Suárez, y el pintor Edgardo Ovidio Landa, "instigaron a realizar una medida de fuerza consistente en el corte total del tránsito de la ruta nacional número 12 a la altura del kilómetro 1636, inicio a la autovía de ingreso a la ciudad" y por ello debían pagar una multa.&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Escobar sostuvo que "es injusta la medida porque mi reclamo no era por capricho, sino por una escuela digna donde enviar a mis hijos a estudiar".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Inmediatamente, luego de ofrecer el órgano en venta, dio un número de celular para que se comuniquen posibles interesados.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Escobar fue uno de los padres autoconvocados que cortó la Ruta Nacional 12 en abril del corriente año durante cuatro días, en reclamo por la mejora edilicia en establecimientos educativos de Puerto Iguazú.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Mientras Escobar daba la noticia en la que dijo "poner en venta un riñón", recibió la notificación donde se lo citaba, para mañana a Eldorado, para comparecer ante la Justicia Federal.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;La causa por la que fueron procesados los ciudadanos de Puerto Iguazú se inició cuando el jefe del "Escuadrón 13 Iguazú" de Gendarmería Nacional notificó sobre la interrupción del corredor vial a la altura del kilómetro 1636.&lt;br /&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;A raíz de esos hechos el juez federal de Eldorado resolvió la situación procesal de los ciudadanos por los hechos sucedidos desde el 8 de abril hasta el 12 del mismo mes en esa ciudad del Alto Paraná. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Fuente:http://www.ambito.com/noticia.asp?id=432821&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-4916568145806759902?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/4916568145806759902/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=4916568145806759902&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4916568145806759902'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4916568145806759902'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/12/embargado-por-cortar-una-ruta-puso-en.html' title='Embargado por cortar una ruta, puso en venta un riñón para pagar la deuda'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-1490656409234766425</id><published>2008-12-15T13:04:00.002-02:00</published><updated>2009-01-01T16:09:39.071-02:00</updated><title type='text'>Indemnizan a familia de un joven muerto a tiros en asalto a un colectivo</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Una empresa de transporte y un chofer de la firma fueron condenados a pagar 206 mil pesos, tras el crimen del estudiante Daniel Ramírez durante un violento asalto en el interno 85 de la línea 20 en 2001 &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Una empresa de transporte automotor de pasajeros y un chofer de un colectivo fueron condenados a pagar una indemnización de 206.000 pesos a la familia de un joven estudiante que falleció luego de un forcejeo con un delincuente que lo intentó asaltar arriba de un ómnibus.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Así se resolvió la sala I de la Cámara Civil y Comercial de Lomas de Zamora sobre los hechos que tuvieron lugar el 16 de marzo de 2001 por la noche, cuando Daniel Horacio Ramírez, un estudiante de Ciencias de la Seguridad, de 27 años, circulaba a bordo del interno 85 de la línea 28.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En ese momento, otro pasajero se sentó a su lado y, al rato, intentó robarle con un arma de fuego, tras lo cual ambos empezaron a forcejear, mientras que el chofer del colectivo abría las puertas de la unidad.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Como consecuencia de ello, Ramírez cayó por una de las puertas y recibió un disparo que le produjo la muerte en forma instantánea.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En su resolución, los camaristas Rodolfo Miguel Tabernero y Carlos Ricardo Igoldi señalaron que "la responsabilidad contractual que contrae el transportador por el daño que sufren sus pasajeros durante el transcurso del transporte tiene su razón de ser en una obligación preexistente al propio convenio celebrado por las partes".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;También cargaron culpas sobre la conducta del chofer del colectivo, ya que "al abrir las puertas, en especial la trasera coadyuva a la pérdida de equilibrio de la víctima que finalmente cae, circunstancia que es aprovechada por el delincuente agresor para dispararle un mortal impacto de bala".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"Si bien es cierto que no se puede exigir al conductor de un medio público de pasajeros, que arremeta contra alguien que está armado, intente desapoderar al pasaje de sus pertenencias, ni que asuma posturas inadecuadas que pongan su vida y la de los pasajeros en virtual peligro, las circunstancias que rodearon en particular el luctuoso episodio hacen presumir que este ha obrado con cierto grado de imprudencia, o impericia", abundaron.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Además, al estudiar la conducta de la propia víctima, los camaristas tuvieron en cuenta que se trataba de un estudiante de la Facultad de Ciencias de la Seguridad dependiente del Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina, ante lo cual "su conducta consecuente con la ley, su preparación profesional y ética lo conducían a actuar frente al delito, sea en defensa propia, sea en beneficio a la comunidad, ya que servir al prójimo es un atributo constantemente inculcado en las tempranas etapas de preparación profesional".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"El accionar de Ramírez fue una conducta lícita autorizada por la ley para intervenir en el hecho delictivo que se estaba llevando a cabo", remarcaron.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;Fuente: http://www.infobae.com/&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-1490656409234766425?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/1490656409234766425/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=1490656409234766425&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1490656409234766425'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1490656409234766425'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/12/indemnizan-familia-de-un-joven-muerto.html' title='Indemnizan a familia de un joven muerto a tiros en asalto a un colectivo'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-4774047949245639541</id><published>2008-11-11T17:12:00.002-02:00</published><updated>2009-01-01T16:11:35.327-02:00</updated><title type='text'>Un fallo de la Corte rompe con el monopolio de la CGT</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En una sentencia que altera el tradicional esquema sindical marcando un punto de inflexión en la Argentina, la Corte dispuso que no hace falta estar asociado a un gremio con personería para ser elegido delegado.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La Corte declaró la inconstitucionalidad del art. 41 inc. a de la ley 23.551 de asociaciones sindicales porque afecta la libertad de agremiación de los trabajadores. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El máximo tribunal de la Nación dijo que la exclusividad que otorga la norma a los sindicatos con personería gremial afecta el derecho de los trabajadores al exigirles la afiliación y además limita a los sindicatos que no gozan de esa personería en el ejercicio de su representatividad. La libertad sindical significa el derecho de los trabajadores a la constitución de sindicatos sin autorización previa.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;De este modo, los trabajadores que estén afiliados a gremios que no tienen personería podrán igualmente ser elegidos como delegados, algo que hasta el día de hoy no estaba permitido. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;No obstante, los cambios no operan automáticamente y para que esto surja efecto hace falta una ley del Congreso Nacional que recepte lo prescripto por la Corte. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;El caso&lt;br /&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El conflicto planteado en este caso se suscitó a raíz de que la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) convocó a elecciones de delegados de personal en el ámbito del Estado Mayor del Ejército y del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, a lo que se opuso la Unión del Personal Civil de las Fuerzas Armadas (Pecifa) por considerar que sólo ella era quien tenía facultades para realizar ese acto en razón de la personería gremial que le había sido conferida.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social resolvió la controversia desestimando el recurso de ATE. Al efecto tuvo en cuenta que la ley dispone que para ser delegado de personal se requiere "estar afiliado a la respectiva asociación sindical con personería gremial y ser elegido en comicios convocados por ésta" (art. 41, inc. a de la ley 23.551), por lo cual la única asociación que podía convocar la elección y cuya personería gremial comprendía específicamente al personal de los entes referidos era Pecifa. Tal decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala VI).&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Ante ese resultado, ATE acudió a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario federal en el cual planteó, por una parte, que lo resuelto era arbitrario y, por otra, que la norma en la que se basaron tanto los jueces como la autoridad ministerial para resolver en el sentido indicado, vulnera el derecho a una organización sindical libre y democrática, consagrado en la Constitución Nacional (art. 14 bis).&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La Corte consideró que el primer planteo resultaba inadmisible pero el segundo, en cambio, merecía ser tratado. Examinó las normas internacionales que consagran la libertad de asociación y, en especial, la llamada "libertad sindical" y su recepción en el derecho interno.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt; Hizo hincapié en que el Convenio N° 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como instrumento que define los alcances de dicha libertad, obliga a los Estados miembros de la organización internacional a poner en práctica las "disposiciones" que la garanticen, lo que implica, en primer lugar, reconocer el derecho de los trabajadores a la constitución de sindicatos sin autorización previa y la afiliación sindical. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En segundo lugar, la libertad sindical importa el derecho de los sindicatos a darse su propia organización, a administrarse, a desarrollar su plan de acción y a elegir libremente a sus representantes.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La Corte apuntó, asimismo, que el Convenio N° 87 (OIT), referido, se expide en contra de toda intervención de las autoridades públicas que limite o entorpezca el ejercicio de tales derechos y de la propia legislación nacional que los menoscabe. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Puntualizó, también, el Tribunal que esas directivas fueron reafirmadas en diversas oportunidades por órganos de control internacional. En especial, fueron expresamente reproducidas en observaciones formuladas a la Argentina. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En definitiva, el Tribunal determinó que el art. 41, inciso a, de la ley 23.551 es inconstitucional en cuanto establece que "...para ejercer las funciones  indicadas (es decir de delegado de personal)... se requiere: a) estar afiliado a la respectiva asociación sindical con personería gremial y ser elegido en comicios convocados por ésta...".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Es esta la primera vez que la Corte Suprema, con su actual integración, aborda un cuestionamiento constitucional planteado en relación con la ley de asociaciones sindicales.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El tema no es menor, dado que una de las facetas del régimen sindical argentino que mayores objeciones y controversias ha suscitado, tanto respecto de la normativa actual como de sus precedentes, ha sido la consagración del sistema de personería gremial en función del recaudo de mayor representatividad que confiere al sindicato que la obtiene una serie de prerrogativas que, como contrapartida, le son negadas a aquellos que no la han alcanzado. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En este fallo el Tribunal no descalifica el régimen en su conjunto sino sólo un aspecto que, por cierto, reviste gran trascendencia pues se trata del privilegio vinculado con la posibilidad de que los afiliados a sindicatos que no gozan de personería gremial -como en el caso, ATE- puedan acceder a la representación de los trabajadores en la empresa o el establecimiento, así como la facultad de ese tipo de asociaciones a convocar los comicios respectivos. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Fuente: www.infobae.com&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-4774047949245639541?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/4774047949245639541/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=4774047949245639541&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4774047949245639541'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4774047949245639541'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/11/un-fallo-de-la-corte-rompe-con-el.html' title='Un fallo de la Corte rompe con el monopolio de la CGT'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-2819524172619528667</id><published>2008-11-11T17:02:00.002-02:00</published><updated>2009-01-01T16:12:44.377-02:00</updated><title type='text'>Hace 57 años, las mujeres votaban por primera vez</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Luego de una arduo reclamo, hace 57 años, las mujeres lograban la igualdad de derechos en el terreno político. Eva Perón sería hasta su histórico renunciamiento la compañera de fórmula de Juan Domingo Perón en las primeras elecciones a nivel nacional con la participación de mujeres, el 11 de noviembre de 1951. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Hoy, hace exactamente 57 años, las mujeres comenzaban a cosechar los frutos de una larga lucha por la igualdad de derechos en el terreno político: por primera vez, ellas, al igual que ellos, podían entrar al cuarto oscuro para elegir quién conduciría los destinos de la República. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Es que la llamada Ley Sáenz Peña, que en 1912 había instaurado en el país el voto secreto, obligatorio y supuestamente universal las había dejado afuera y había circunscripto sólo a los hombres el acceso a los derechos políticos. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Recién 35 años después, el 9 de septiembre de 1947, durante el primer gobierno peronista, el Congreso Nacional sancionó la Ley 13.010, que incluyó a las mujeres en el voto obligatorio y que también les abrió las puertas a la posibilidad de ser candidatas y de ser elegidas por el pueblo. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;De hecho, merced a esta ley, Eva Perón, quien fuera la principal promotora de su aprobación parlamentaria, sería hasta su histórico renunciamiento la compañera de fórmula de Juan Domingo Perón en las primeras elecciones a nivel nacional con la participación de mujeres, el 11 de noviembre de 1951.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;De todos modos, las banderas feministas por la igualdad de derechos y la inclusión política habían sido levantadas en el país ya desde principios de siglo, e incluso hasta 1942 más de una decena de proyectos de ley habían danzado sin éxito por los despachos parlamentarios.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Uno de los hitos más sobresalientes de esa pelea fue un simulacro de votación femenina que las mujeres lograron realizar en 1920 en la ciudad de Buenos Aires, con la participación de 4 mil porteñas que fueron el hazmerreír de los compadritos de esos años.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La socialista Alicia Moreau de Justo, la radical Elvira Rawson, y la independiente Julieta Lanteri fueron íconos de la lucha por los derechos políticos de la mujer. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Incluso, según consta en el libro "Julieta Lanteri. La Pasión de una mujer", de la historiadora y periodista Araceli Bellota, esta transgresora y luchadora, que se graduó como médica, formó su propia agrupación, el Partido Feminista Nacional, y se postuló como candidata a diputada nacional en 1919.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Pero esa no fue su primera conquista: siempre volcando a su favor los recovecos de la ley y poniendo en un brete a la Justicia, el 23 de noviembre de 1911, Lanteri logró que la habilitaran para votar en las elecciones de concejales.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Así, 40 años antes de que fuera una realidad el voto femenino en Argentina, Lanteri se convirtió en la primera mujer en entrar a un cuarto oscuro en el país y, para algunos historiadores, también en Latinoamérica. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;Fuente: www.telam.com.ar&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-2819524172619528667?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/2819524172619528667/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=2819524172619528667&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/2819524172619528667'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/2819524172619528667'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/11/hace-57-aos-las-mujeres-votaban-por.html' title='Hace 57 años, las mujeres votaban por primera vez'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-8693190152471105165</id><published>2008-11-03T15:15:00.002-02:00</published><updated>2009-01-01T16:13:52.925-02:00</updated><title type='text'>La Policía Bonaerense será dividida en cuatro regiones con jefe propio</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Lo dispuso el Ministerio de Seguridad de la Provincia al determinar una reestructuración de la fuerza. El titular de la Bonaerense, Daniel Salcedo, aseguró que “el objetivo es lograr una mejor operatividad en materia de prevención”. Los cambios incluyeron el relevo de quien hasta ahora era el jefe de la departamental Conurbano Norte. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El jefe de la policía bonaerense, superintendente Daniel Salcedo, aseguró a Télam que "el objetivo es lograr una mejor operatividad en materia de prevención, por lo que a partir de ahora, cada una de las cuatro zonas tendrá su propio jefe de policía".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Salcedo explicó que "el esquema de las 32 Jefaturas Departamentales seguirá intacto, pero esas departamentales se agruparán en cuatro regiones y cada una de ellas tendrá una Superintendencia de Seguridad".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;De esta manera, el esquema de la policía bonaerense será el siguiente: la jefatura a cargo del superintendente Salcedo; como subjefe, el Coordinador de Seguridad, superintendente Juan Carlos Paggi; por debajo de él estarán los cuatro nuevos superintendentes de Seguridad (Norte, Sur, Oeste e Interior); luego las 32 Departamentales y, por debajo, las Jefaturas Distritales.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La Superintendencia de Seguridad Norte estará a cargo de Salvador Barata, quien estaba en la Departamental Lanús; la Sur, de Ernesto Aragüez que era el jefe de la Policía Buenos Aires 2; la Oeste, de Claudio Fernández que era jefe departamental Quilmes y la del Interior, Héctor Martínez que era subcoordinador operativo.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Los cambios incluyeron el relevo de quien hasta ahora era el jefe departamental Conurbano Norte, comisionado Adrián Luongo, máximo jefe policial de la zona norte, donde en las últimas semanas se registraron varios hechos de inseguridad, especialmente en el partido de San Isidro en el cual fue asesinado el ingeniero Ricardo Barrenechea.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En lugar de Luongo -quien fue pasado a retiro- asumió como jefe departamental el comisionado Omar Nasrala, hasta ahora jefe de la Delegación Departamental de Investigaciones (DDI) de Morón.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Otro relevo se produjo en la Jefatura Departamental Zárate-Campana, que estaba a cargo de Marcelo Funes -también pasado a retiro-, ahora tendrá como jefe a Mario Caballero, hasta ahora en la Distrital Matanza Noroeste.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En la Jefatura Departamental Lanús -donde estaba Barata-, asumió el subjefe, comisionado Sergio Gil; y en la Departamental Quilmes -donde estaba Fernández-, el comisionado Adrián Cisterna. &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;Fuente: http://www.telam.com.ar&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-8693190152471105165?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/8693190152471105165/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=8693190152471105165&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/8693190152471105165'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/8693190152471105165'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/11/la-polica-bonaerense-ser-dividida-en.html' title='La Policía Bonaerense será dividida en cuatro regiones con jefe propio'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-5031863639296325264</id><published>2008-11-03T14:58:00.004-02:00</published><updated>2009-01-01T16:14:50.911-02:00</updated><title type='text'>En tres días las AFJP deberán regresar los ahorros previsionales</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El Gobierno fijó un plazo de tres días para el retorno de los ahorros previsionales invertidos por las AFJP en Fondos Comunes de Inversión del Mercosur, con el objetivo de que "el ahorro de los argentinos impulse proyectos productivos o de infraestructura dentro del territorio nacional.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La Superintendencia de Administradoras de Fondos y Jubilaciones y Pensiones, la Comisión Nacional de Valores y el Banco Central de la República Argentina, resolvieron que "resulta conducente promover en forma inmediata el ingreso de los ahorros previsionales invertidos en la actualidad en la especie Fondos Comunes de Inversión" del Mercosur (FCI Mercosur).&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En breves declaraciones, el presidente de la Comisión Nacional de Valores, Eduardo Hecker, señaló esta mañana que "el plazo ya está rigiendo".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Mediante la Resolución Conjunta 5/08, 536/08 y 191/08 publicada hoy en el Boletín Oficial, se indicó que "la reasignación del ahorro previsional hacia el mercado local permitirá sostener el crecimiento económico de Argentina, la mejora en el empleo, las mayores inversiones y, en definitiva, mejores beneficios para los jubilados".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;De acuerdo con los considerandos, "en el actual contexto de crisis financiera internacional deben extremarse las medidas para que el ahorro de los argentinos impulse proyectos productivos o de infraestructura dentro del territorio nacional".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Por ello, "debe procurarse una mayor liquidez y profundidad del mercado de capitales doméstico que permita ampliar las posibilidades de financiamiento de las empresas nacionales", además de "protegerse al ahorro previsional de la volatilidad de los mercados financieros internacionales".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;A tal fin, se estableció que las inversiones en FCI cuyo patrimonio esté integrado por activos de emisores pertenecientes al Mercosur o títulos representativos de estos emisores, se reducirán a 0 por ciento del fondo computable de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones o de los Encajes.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El plazo para alcanzar ese límite de 0 por ciento será de tres días hábiles; en tanto, las tenencias diarias hasta la convergencia con el límite fijado deberá realizarse al menos a razón de 33 por ciento en forma diaria por cada uno de los dos primeros días.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Hasta el momento, las administradoras tenían permitido destinar un máximo de 2 por ciento del fondo computable a las inversiones en FCI Mercosur, recordó la normativa.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Este límite se había impuesto con el objetivo de posibilitar que las AFJP cumplieran con el mínimo de 5 por ciento de inversiones en Títulos de deuda, certificados de participación en fideicomisos, activos u otros títulos de valores representativos de deuda orientados a financiar proyectos productivos o de infraestructura a mediano y largo plazo en la Argentina.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;La presente Resolución tendrá vigencia a partir de su notificación a las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones, según la normativa.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt; Fuente:www.pagina12.com.ar&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-5031863639296325264?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/5031863639296325264/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=5031863639296325264&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/5031863639296325264'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/5031863639296325264'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/11/en-tres-das-las-afjp-debern-regresar.html' title='En tres días las AFJP deberán regresar los ahorros previsionales'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-1237482570710446977</id><published>2008-10-31T13:53:00.001-02:00</published><updated>2009-01-01T16:16:32.182-02:00</updated><title type='text'>Juez justifica el fallo que impide a la Policía detener a menores</title><content type='html'>&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Un juez determinó en un fallo que los policías que cumplan funciones en jurisdicción de La Plata no podrán detener a menores de edad sólo por contravenciones, averiguación de identidad, pedidos de captura o para ser "entregados" a sus familias.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Así lo dispuso el juez en lo Contencioso Administrativo Luis Arias, quien justificó hoy su decisión al señalar que "se trata de prevenir que en el futuro se produzcan situaciones peligrosas para los menores" de edad.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Si bien específicamente este fallo no tiene que ver con cuestiones penales, de hecho se da en el fuero Contencioso Administrativo, se produjo en momentos en que hay un debate en la sociedad por el rol de los jóvenes en episodios delictivos sangrientos, como el crimen del ingeniero Roberto Barrenechea en Acassuso o el joven gendarme Roberto Centeno, en "Fuerte Apache".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El magistrado resolvió en ese sentido al hacer lugar a un hábeas corpus colectivo presentado para que se declare "inconstitucional" la privación de la libertad de menores que no hayan cometido delitos.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En declaraciones radiales y televisivas, el juez aclaró hoy que esto no implica que la Policía no pueda detener a jóvenes que estén cometiendo un delito: "No es que la Policía no pueda actuar; lo que se establece aquí es que no se los debe detener a los menores, por ejemplo, para averiguar su identidad".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;"La Policía cuenta con recursos tecnológicos para identificar a la persona y establecer su identidad desde un móvil, sin necesidad de llevarla a la comisaría", señaló el juez, y añadió que, por ejemplo, ante una pelea callejera, cuando lleguen los efectivos "pueden pedir documentos e identificar a las personas, pero no llevarlas a la comisaría para hacer sólo eso".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El pedido por el cual falló el juez había sido presentado por el titular de la Defensoría Oficial Nº 16 de La Plata, Julián Axat, quien planteó en el hábeas corpus que los niños, niñas y jóvenes de esta ciudad "padecen una amenaza actual, inminente y potencial a partir del cercenamiento de su libertad ambulatoria, realizado con motivo de ilegales, arbitrarias e inconstitucionales figuras policiales que se llevan a cabo sin el debido control judicial del fuero especializado".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El funcionario judicial sostuvo que estas "figuras policiales" son las "contravenciones", "detención por averiguación de identidad", aprehensiones registradas como "entrega de menor" y "pedidos de captura" o averiguaciones de paradero de menores no actualizadas, de acuerdo con lo señalado por el diario El Día de esta ciudad.&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Axat denunció que pese a regir el nuevo fuero juvenil persiste un sistema "policial-discrecional subterráneo, sin control judicial alguno, que ejercita la policía, para privar de la libertad a menores de 18 años, bajo figuras o vías de hecho anacrónicas (contravención y averiguación de identidad), o sin justificativo, pero registradas bajo el lema 'entrega menor', vinculadas al espíritu del viejo sistema denominado Patronato de la Infancia y Proceso Inquisitivo".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El defensor oficial consideró que la privación de la libertad policial de menores de 18 años por aplicación de figuras contravencionales "constituye rémoras de actos policiales que provienen de la antigua potestad de policía del Estado, cuyo origen puede ser hallado en el control de la moralidad, la higiene, orden público y las buenas costumbres de la población".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Sostuvo, en tanto, que la detención de menores de edad por averiguación de identidad "encuentra su justificación en viejas políticas 'de mano dura' estatal que prefieren anticiparse al delito por medio de un severo control social de los sectores vulnerables, detectando la presencia de posibles sospechosos en determinados lugares".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;En el caso de la figura denominada "entrega de menor", el funcionario remarcó que "constituye una vía de hecho administrativa, carente de todo sustento normativo".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Axat señaló que "todas esas prácticas deben quedar de lado y ser declaradas ilegales, pues ponen en riesgo continuo la libertad ambulatoria de los menores, a la vez que resultan incompatibles con el nuevo sistema de protección y promoción de derechos".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;El juez Arias, en su fallo, sostuvo que "no resulta razonable que habiendo renunciado el Estado a la posibilidad de sancionar penalmente a un menor de 18 años por la comisión de determinados delitos, se promueva la aplicación de sanciones a los mismos por infracciones contravencionales".&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div style="text-align: justify;"&gt;Consideró además que la aprehensión de un menor para constatar su identidad y determinar si alguna autoridad lo requiere penalmente, teniéndolo demorado por varias horas, "constituye una privación de la libertad arbitraria, ilegal e inconstitucional". &lt;br /&gt;&lt;/div&gt;Fuente: http://www.ambitoweb.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-1237482570710446977?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/1237482570710446977/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=1237482570710446977&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1237482570710446977'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/1237482570710446977'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/10/juez-justifica-el-fallo-que-impide-la.html' title='Juez justifica el fallo que impide a la Policía detener a menores'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-346371504875122274</id><published>2008-10-24T12:54:00.004-02:00</published><updated>2009-01-01T16:16:58.661-02:00</updated><title type='text'>"El sistema previsional no puede estar sujeto a los intereses de las AFJP y a la timba financiera"</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;El ministro del Interior aseguró hoy que “es responsabilidad del Estado proteger a los jubilados argentinos”, y más ahora que “estamos viviendo una crisis internacional que afecta a los sistemas de capitalización por la baja de las bolsas”. Y remarcó que “la sociedad argentina nos va a acompañar, porque el rechazo al proyecto viene de parte de las partes interesadas” .&lt;br /&gt;Al referirse a la críticas que cosechó el proyecto en algunos sectores de la oposición, Randazzo remarcó que este “Gobierno ahorró 20.000 millones de pesos respecto al tema previsonal y fue el primero en ser totalmente prudente en las cuentas públicas”.&lt;br /&gt;“Las críticas esconden intereses, porque se está discutiendo quién va a manejar los 97.000 millones que acumularon las administradores y los millones que ingresan todos los meses”, sostuvo el ministro por Radio Mitre .&lt;br /&gt;Randazzo señaló que este Gobierno es “coherente con una política de mejoramiento de la clase pasiva y recordó que “un millón y medio de jubilados se incorporaron al sistema y se sancionó la ley de movilidad social para que los jubilados tengan previsibilidad”, entre otras medidas.&lt;br /&gt;El funcionario señaló que las críticas al proyecto “vienen de partes interesadas. Nosotros defendemos a los jubilados porque el sistema AFJP demostró que es insuficiente”.&lt;br /&gt;En ese sentido, recordó que “hoy el Estado aporta 4.000 millones de dólares para garantizar las jubilaciones mínimas”.&lt;br /&gt;“El conjunto de la sociedad argentina nos va a acompañar, el rechazo viene de parte de las partes interesadas”, puntualizó.&lt;br /&gt;Fuente: Telam.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-346371504875122274?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/346371504875122274/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=346371504875122274&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/346371504875122274'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/346371504875122274'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/10/el-sistema-previsional-no-puede-estar.html' title='&quot;El sistema previsional no puede estar sujeto a los intereses de las AFJP y a la timba financiera&quot;'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-6965040345039621006</id><published>2008-10-23T18:41:00.000-02:00</published><updated>2008-10-23T18:44:05.178-02:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Daños y Perjuicios'/><title type='text'>Obligan a supermercado a pagar por el robo de un auto en su estacionamiento</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;La Justicia de Lomas de Zamora falló en contra de una importante cadena, en el juicio que se siguió por la sustracción de un vehículo de sus instalaciones subterráneas&lt;br /&gt;La Justicia ratificó una vez más que los estacionamientos de los supermercados son una forma de "facilitar la afluencia" de clientes y, como tal, generanresponsabilidad cuando un vehículo es robado o dañado.Con esos fundamentos, la Cámara en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora condenó a la cadena de supermercados Coto a indemnizar a un cliente cuyo automóvil fue robado del estacionamiento subterráneo de un local situado en la localidad bonaerense de Temperley, en abril de 2001."El propietario de un supermercado construye una playa de estacionamiento para facilitar la afluencia y el acceso del público, no tanto -ni sólo- en el interés de los potenciales usuarios, sino en resguardo del propio, consistente en la expectativa de mayores y más cómodas ventas", dijeron los jueces Norberto Basile, Carlos Igoldi y Rodolfo Tabernero."El estacionamiento contiguo al hipermercado integra los servicios que el supermercado ofrece para la mejor comercialización y venta de mercaderías, generando en el usuario la convicción de que su rodado queda bajo la guarda del establecimiento", añadieron.El lugar destinado a los vehículos "representa una comodidad para los clientes y, en general, para los visitantes del shopping e, indirectamente, beneficia a los titulares de los negocios, desde el momento que favorece la afluencia del público y el consumo", sintetizaron los jueces.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Fuente: &lt;a href="http://www.infobae.com/"&gt;www.infobae.com&lt;/a&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-6965040345039621006?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/6965040345039621006/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=6965040345039621006&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/6965040345039621006'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/6965040345039621006'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/10/obligan-supermercado-pagar-por-el-robo.html' title='Obligan a supermercado a pagar por el robo de un auto en su estacionamiento'/><author><name>Matías Hernán Bedoya</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-4179572162113825974</id><published>2008-10-20T15:33:00.003-02:00</published><updated>2008-10-21T14:17:48.924-02:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Derecho Previsional'/><title type='text'>La jubilación para las AFJP</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;El 75 por ciento del dinero de las jubilaciones privadas está invertido en títulos y acciones que vienen cayendo desde 2007 y se desplomaron con la crisis. El nuevo modelo sería similar al que está en vigencia en Brasil y España.&lt;br /&gt;Ante la evidencia de cómo se evaporan con la crisis financiera los aportes que los trabajadores hicieron a las AFJP y previendo que en el futuro, cuando llegue el momento de jubilarse, las aseguradoras no van a poder pagar ni los haberes mínimos, el Gobierno tiene en estudio la posibilidad de enviar al Congreso un proyecto de ley que de hecho terminaría con el sistema de jubilación privada en la Argentina. Si la idea prospera, según revelaron a PáginaI12 altas fuentes del Gobierno, todos los trabajadores pasarán al sistema de reparto y quienes quieran podrán seguir aportando a las AFJP fondos extra de modo voluntario, como para tener una jubilación complementaria a la del Estado, como ocurre en Brasil o en España.&lt;br /&gt;“Queremos anticiparnos a algo que va a ocurrir inevitablemente y es que el Estado se va a tener que hacer cargo de todos las jubilados, no sólo de los que aportan al sistema de reparto, sino también de los que aportan a las AFJP”, señaló la fuente.&lt;br /&gt;Según informes que estuvo evaluando la presidenta Cristina Fernández de Kirchner este fin de semana en Olivos, las AFJP tienen el 75 por ciento del dinero de sus afiliados en bonos y acciones que vienen cayendo sin cesar desde 2007, pero que se derrumbaron en septiembre y en lo que va de octubre. Y cada vez es más el dinero que tiene que poner el Estado para que los que ya se jubilaron por las AFJP lleguen a cobrar el haber mínimo.&lt;br /&gt;En la cima del Gobierno también evaluaron que se fueron desvirtuando los objetivos que se suponía que debían cumplir las AFJP cuando se creó el sistema en 1994, durante la gestión de Carlos Menem, entre otros, el de fomentar el mercado de capitales del país, Actualmente sólo el 1,5 por cuento de los fondos están en acciones de empresas argentinas.&lt;br /&gt;Pero el dato más relevante que determinó que la Presidenta se pusiera en alerta antes que a alguno de los próximos gobiernos le estalle en las manos la crítica situa- ción de los afiliados a las AFJP, fue el siguiente: actualmente hay 446.000 jubilados que cobran (o deberían cobrar) sus haberes de las AFJP porque hicieron su aporte previsional enteramente a ellas. Sin embargo, al 77 por ciento de esos jubilados, el Estado les tiene que pagar algo. Y la lógica indica que cuantas más personas se jubilen en el sistema privado, más va a tener que desembolsar el Estado.&lt;br /&gt;Los números son elocuentes: a 33.000 personas jubiladas por AFJP el Estado les tiene que pagar el 100 por ciento de su jubilación, porque su dinero en las AFJP se evaporó. A 220.000 personas les paga la mitad de la jubilación. A otras 100.000 les paga algo de la jubilación. Y sólo el 23 por ciento (103.000 jubilados) cobra enteramente sus haberes de las AFJP.&lt;br /&gt;Como están las cosas y siguiendo la lógica elemental de que a medida que pase el tiempo más personas se irán jubilando –a la vez, obviamente, dejarán de aportar– y las AFJP tendrán que desembolsar más dinero. Esto supone que algún momento de la curva entre menos afiliados que aportan y más jubilados, si no se produjera una reactivación fenomenal de las finanzas (o si la hubiera pero luego estallara una nueva crisis), las aseguradoras no tendrán el dinero suficiente para hacer frente a los pagos de los haberes. Conclusión: Deberá hacerse cargo el Estado.&lt;br /&gt;“Para tener una idea de lo que estamos hablando, pongamos un ejemplo: si usted aportó 100.000 pesos y su AFJP lo colocó en Boden 2012, ahora usted tiene 60.000 pesos. Y hay muchas inversiones en las cuales las pérdidas fueron mayores”, dijo la fuente con afán didáctico.&lt;br /&gt;La situación hace que muchos afiliados a las AFJP están maldiciendo hoy su decisión de permanecer en el sistema, cuando a fines del año pasado se modificó la ley previsional y se abrió la opción de pasarse de la jubilación privada a la estatal. Es que como la ley –para darle garantías al sistema– dispuso que los traspasos se puedan hacer sólo cada cinco años, hasta 2012 nadie se puede cambiar. Y muchos se preguntan cuánto quedará de su dinero en 2012.&lt;br /&gt;De hecho hay un dato concluyente que avala la percepción o, incluso, las encuestas que indican el temor de los trabajadores a permanecer en una AFJP. De las últimas 70.000 personas que ingresaron al mercado laboral, 63.000 (el 90 por ciento) optaron por el sistema de reparto y sólo 7000 (10 por ciento) eligieron las AFJP.&lt;br /&gt;Actualmente aportan a las AFJP unos cinco millones de personas y al Estado unos 3,5 millones. Si la idea que ronda en la Casa Rosada se transforma en proyecto y éste en ley, esos 3,5 millones de aportantes pasarán al sistema de reparto.&lt;br /&gt;“Vamos hacia un sistema más racional. Si se agota la cuenta de capitalización, no cobrás más o, mejor dicho, no vas a tener nada para cobrar. Y si el Estado es el que va a terminar pagando, entonces tiene que ser el que reciba los aportes. Es básico. El sistema implementado en 1994 es el de República Dominicana y Panamá. El que queremos adoptar ahora es el de Brasil y España”, dijo a PáginaI12 uno de los funcionarios involucrados en el tema que ayer estuvo reunido con la Presidenta para aportarle la información que ella le pidió.&lt;br /&gt;En el Gobierno destacan que la atención al tema previsional fue siempre un eje central tanto del gobierno de Néstor Kirchner como de su sucesora, CFK. Y, como al pasar, uno de los funcionarios de esa área comenta una cifra que impacta. “Con la moratoria que lanzamos para que puedan jubilarse personas que no habían hecho todos los aportes, hoy 9 de cada 10 ancianos están cobrando jubilación. Si no lo hubiéramos hecho, sólo 5 de cada 10 la estarían cobrando”, detalló.&lt;br /&gt;En el Gobierno, cuando PáginaI12 consultó sobre este proyecto de acabar con la jubilación privada, admitieron su existencia pero con una definición que ponía la noticia entre algodones. “Es cierto, estamos estudiando un paquete de medidas tendientes a cambiar el rol de las AFJP”, dijo la primera fuente consultada midiendo las palabras.&lt;br /&gt;El rol que les quedaría a las AFJP sería el de recibir aportes complementarios y voluntarios para quienes quieran jugarse a tener un seguro de retiro complementario a la jubilación.&lt;br /&gt;¿Y las AFJP aceptarán esto con calma? ¿Querrán algún resarcimiento del Estado?, quiso saber PáginaI12. Una de las fuentes consultadas respondió: “Este es un tema que está en estudio, quedan muchas cuestiones por analizar. Por ahora no podemos informar más que esto”.&lt;br /&gt;Pero otra fuente señaló que las AFJP no tendrían derecho al pataleo. “Ellos son custodios fiduciarios. Sólo administran fondos de otros y para ello cobran una comisión. Además las inversiones están suficientemente amortizadas”, explicó.&lt;br /&gt;Uno de los elementos centrales de este argumento es que las AFJP administran el dinero de sus afiliados y por ello cobran una comisión –bastante alta– que es su rentabilidad. Si invierten mal el dinero de los afiliados éstos son los únicos que pierden, porque la comisión se sigue cobrando sin variaciones. La única sanción posible por esa mala administración es que el afiliado cambie de AFJP o, dentro de cinco años, se pase al sistema de reparto.&lt;br /&gt;Como informó ayer PáginaI12, en agosto de este año los cinco millones de afiliados depositaron en las AFJP 1021 millones de pesos. El fondo total acumulado en julio era 98.422. La lógica entonces indicaría que el acumulado de agosto debería ser de casi de 100 mil millones. Pero no. Fue de 97.920 millones. Es decir 500 millones de pesos menos, pese a los 1021 que se sumaron. La explicación es la caída del valor de las acciones y bonos en los que las AFJP invirtieron el dinero de sus afiliados.&lt;br /&gt;Todos esos números y muchos otros están hoy en manos de la Presidenta y muy pronto pueden convertirse en los considerandos de un proyecto.&lt;/div&gt;Por Daniel Miguez&lt;br /&gt;Fuente: &lt;a class="cprincipal" title="" href="http://www.pagina12.com.ar/"&gt;http://www.pagina12.com.ar/&lt;/a&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-4179572162113825974?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/4179572162113825974/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=4179572162113825974&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4179572162113825974'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/4179572162113825974'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/10/httpwww.html' title='La jubilación para las AFJP'/><author><name>Karina Melano</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-7930953094680128465.post-7248260528371997035</id><published>2008-10-16T16:42:00.003-03:00</published><updated>2008-10-16T16:44:54.399-03:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Derecho del Trabajo'/><title type='text'>La justicia falla contra ART</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;La Justicia laboral condenó a una empresa a indemnizar a un empleado que sufrió una lesión auditiva por ruidos del ambiente donde se desempeñaba y dispuso un resarcimiento mayor al establecida por la Ley de Riesgos de Trabajo, a la que declaró parcialmente inconstitucional y calificó como "opuesta" a la justicia social porque "agravó la desigualdad entre las partes".&lt;br /&gt;Los jueces Gregorio Corach y Héctor Scotti, de la Sala X de la Cámara del Trabajo, dispusieron la indemnización por 11.400 pesos más intereses a favor de Juan Miguel Bustamante por los daños que sufrió trabajando para la empresa Eternit Argentina, que fabrica "placas para exteriores, cubiertas para techo y tanques para agua".&lt;br /&gt;Según el fallo, el obrero "padece una hipoacusia bilateral de origen traumático (trauma acústico) que lo incapacita en un 3,8 por ciento" de su capacidad laboral.&lt;br /&gt;El fallo reconoció que Bustamante, cuyos daños se remontan a 2001, "realizaba sus tareas en lugares con alta sonoridad". En la investigación se recogieron testimonios de otros trabajadores que dijeron que en la planta "no había protectores auditivos".&lt;br /&gt;"Después los pusieron pero era muy limitado, porque si uno iba al almacén y no había protectores había que seguir fabricando", dijo uno de esos testimonios.&lt;br /&gt;Pero además, la Cámara subrayó, citando jurisprudencia de la Corte Suprema, que "el sistema de la Ley de Riesgos del Trabajo se aparta de la concepción reparadora integral, pues no admite indemnización por ningún otro daño que no sea la pérdida de capacidad de ganancias del trabajador".&lt;br /&gt;"La norma citada (...) no ha tendido a la realización de la Justicia Social; antes bien, ha marchado en sentido opuesto, al agravar la desigualdad de las partes que regularmente supone la relación de trabajo", dijeron los jueces.&lt;br /&gt;En ese sentido, explicaron que por uno de los rubros indemnizatorios -"daño material"- el trabajador merecía 9.500 pesos, pero según la ley de Riesgos de Trabajo le hubieran correspondido 2.222,34 pesos.&lt;br /&gt;"Se ha configurado un menoscabo sustancial del derecho de la víctima a percibir un resarcimiento integral (...), de modo que se encuentran reunidas las condiciones para declarar la invalidez de la norma", resumieron.&lt;br /&gt;El fallo se suma a otros que cuestionaron al sistema de accidentes de trabajo, cuya reforma promueve el Gobierno pero se estancó hace varios meses.&lt;br /&gt;Uno de los puntos de mayor discrepancia entre los representantes sindicales y empresariales es la llamada "doble vía", por la cual el trabajador puede cobrar la indemnización de la ART y luego acudir a la Justicia para reclamar más dinero.&lt;br /&gt;En ese sentido, los empresarios reclaman que se elimine esa doble posibilidad y una de las últimas alternativas conocidas fue la idea de que el trabajador pueda optar por uno de los dos caminos: si cobra por ART no puede acudir a Tribunales y viceversa.&lt;br /&gt;Esa postura podría ser aceptada por la CGT, aunque los dirigentes gremiales ponen como condición que se aumenten sustancialmente los niveles de resarcimiento a establecerse en la nueva ley, entre otros aspectos.&lt;br /&gt;Al respecto, una salida podría ser la fijación en la norma de una indemnización cercana a la que el trabajador podría cobrar al cabo de un juicio.&lt;/div&gt;Fuente: &lt;a href="http://www.pagina12.com.ar/"&gt;www.pagina12.com.ar&lt;/a&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/7930953094680128465-7248260528371997035?l=abogadoenlaweb.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/feeds/7248260528371997035/comments/default' title='Comentarios de la entrada'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=7930953094680128465&amp;postID=7248260528371997035&amp;isPopup=true' title='0 Comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/7248260528371997035'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/7930953094680128465/posts/default/7248260528371997035'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://abogadoenlaweb.blogspot.com/2008/10/la-justicia-falla-contra-art.html' title='La justicia falla contra ART'/><author><name>Matías Hernán Bedoya</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry></feed>
